Detalhes bibliográficos
Ano de defesa: |
2019 |
Autor(a) principal: |
Cerqueira, Dhebora Mendonça de |
Orientador(a): |
Pessoa, Flávia Moreira Guimarães |
Banca de defesa: |
Não Informado pela instituição |
Tipo de documento: |
Dissertação
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Tipo de acesso: |
Acesso aberto |
Idioma: |
por |
Instituição de defesa: |
Não Informado pela instituição
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Programa de Pós-Graduação: |
Pós-Graduação em Direito
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Departamento: |
Não Informado pela instituição
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País: |
Não Informado pela instituição
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Palavras-chave em Português: |
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Palavras-chave em Inglês: |
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Área do conhecimento CNPq: |
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Link de acesso: |
http://ri.ufs.br/jspui/handle/riufs/10998
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Resumo: |
Este trabajo pretende analizar la cuestión de la justiciabilidad de los derechos sociales y el papel de las cortes internacionales de protección en la efectividad de esos derechos, más específicamente a través del examen del caso Lagos del Campo vs. Perú, juzgado en agosto de 2017 por la Corte Interamericana de Derechos Humanos. En la oportunidad, la Corte estableció, de forma inédita, una condena específica basada en el dispositivo de la Convención Americana sobre Derechos Humanos que dispone sobre derechos económicos, sociales y culturales. Así como los derechos civiles y políticos, los derechos sociales constituyen una especie de derechos humanos, razón por la cual ambos demandan el mismo nivel de protección estatal, aunque bajo diferentes formas de actuación. Desde el inicio del siglo XX, con el surgimiento de los derechos de segunda dimensión, se exige de los Estados nacionales una postura positiva, de carácter prestacional, que permita a los más débiles la realización de sus derechos en igualdad sustancial de condiciones con aquellos socialmente desiguales. Sin embargo, la efectividad de los derechos sociales por la vía judicial interna de los Estados es obstada bajo los argumentos de la baja densidad normativa, del alto costo para su realización, además de la noción de separación de los poderes. Se pretende entonces afrontar esos argumentos y discutir la posibilidad de justiciabilidad en el plano internacional como forma de garantizar la efectividad de los derechos sociales previstos en la norma, en colaboración con el derecho interno de cada Estado, ante la deficiente aplicabilidad práctica de esos derechos, en que pese a su creciente previsión normativa. |