Detalhes bibliográficos
Ano de defesa: |
2020 |
Autor(a) principal: |
Palacios, Miguel Ferreira
 |
Orientador(a): |
Chalita, Gabriel Benedito Issaac |
Banca de defesa: |
Chalita, Gabriel Benedito Issaac,
Silva Neto, Wilson Levy Braga da,
Alvim , Márcia Cristina de Souza |
Tipo de documento: |
Dissertação
|
Tipo de acesso: |
Acesso aberto |
Idioma: |
por |
Instituição de defesa: |
Universidade Nove de Julho
|
Programa de Pós-Graduação: |
Programa de Pós-Graduação em Direito
|
Departamento: |
Direito
|
País: |
Brasil
|
Palavras-chave em Português: |
|
Palavras-chave em Espanhol: |
|
Área do conhecimento CNPq: |
|
Link de acesso: |
http://bibliotecatede.uninove.br/handle/tede/2391
|
Resumo: |
Al analizar un tema tan controvertido como la prueba técnica simplificada positivada en el Código Procesal Civil fueron necesarias una serie de medidas preparatorias para que el asunto analizado no fuera considerado de forma aislada. Con este fin, se ha buscado definir, en primer lugar, cómo se puede abordar la idea de justicia en un nuevo sistema procesal y cómo se pueden aplicar los métodos hermenéuticos para lograr este objetivo. En el curso del texto, buscamos alejarnos de la exégesis normativa pura, dejando espacio para modelos interpretativos sistemáticos más convergentes con la realidad procesal que, con la validez del Código Procesal Civil 2015, enfatiza principios y tipos normativos abiertos, todo para dar reconocimiento dogmático y objetivo a la previsibilidad procesal. En un segundo momento, los aspectos principales de la ley instrumental actual se definieron con comentarios sobre el acceso a la justicia y la duración razonable de los procedimientos. A la luz de esto, el análisis de la positividad de la evidencia pericial se lleva a cabo con un enfoque crítico en la masificación procesal, sin perjuicio de la reflexión de las consecuencias de este fenómeno, ya sea en la estructura del poder judicial o bajo la visión jurisdiccional. La reflexión funciona como una medida preparatoria a demostrar de que manera la aplicación de prueba técnica simplificada puede maximizar la provisión jurisdiccional rápida, efectiva y justa a través del uso racional de los recursos tecnológicos y humanos, sin distribuir riesgos innecesarios y costos procesales. Al exponer las principales características y peculiaridades de cada tipo probatorio, así como su evolución a lo largo del tiempo, se abrió la posibilidad de explorar más claramente los medios por los cuales la prueba dialoga en el acuerdo que hace que el magistrado presente su juicio de valor y emitirlo de modo que satisfaga los intereses de las partes y que finalice el reclamo resistido inicial. Por lo tanto, queda claro que el propósito del trabajo es relacionar el instituto de evidencia experta simplificada con las normas aplicables para el logro de tal fin ya sea mediante un análisis estrictamente procesal o un análisis filosófico y de principios. Finalmente, con la legislación aplicable definida y la justificación de la necesidad de producir la prueba técnica simplificada en casos positivos por ley, el último capítulo lo relacionó con un tema ya delineado, cual sea, el tránsito de este nuevo instituto en la demanda judicial, presentando todas las implicaciones prácticas, especialmente cuando se lleva a cabo una audiencia de instrucción y la discusión sobre la vinculación de la evidencia pericial con el acto de toma de decisiones. Como se citan artículos legales específicos al final, el paralelismo con las normas constitucionales y especiales, en particular la Ley 9.099/95, fue ampliamente explorado y utilizado comparativamente, sin perjuicio de las sugerencias e indicadores de premisas argumentativas. Se proponen soluciones y pautas que exigen la conciencia de que los cambios sociales conducen a cambios en la lectura de los institutos legales. Su revisión permite, en última instancia, la aparición de nuevas subespecies de tipos probatorios como la prueba técnica simplificada listada en los artículos 464, §§ 2 a 4 del Código Procesal Civil. |