Detalhes bibliográficos
Ano de defesa: |
2017 |
Autor(a) principal: |
Ferreira, André da Rocha
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Orientador(a): |
Rocha, Álvaro Filipe Oxley da
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Banca de defesa: |
Não Informado pela instituição |
Tipo de documento: |
Dissertação
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Tipo de acesso: |
Acesso aberto |
Idioma: |
por |
Instituição de defesa: |
Pontifícia Universidade Católica do Rio Grande do Sul
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Programa de Pós-Graduação: |
Programa de Pós-Graduação em Ciências Criminais
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Departamento: |
Escola de Direito
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País: |
Brasil
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Palavras-chave em Português: |
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Área do conhecimento CNPq: |
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Link de acesso: |
http://tede2.pucrs.br/tede2/handle/tede/8008
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Resumo: |
El presente trabajo tiene como reto analizar la existencia, en el derecho brasileño, de una herramienta jurídica para los pueblos indígenas juzgaren y punieren sus miembros, según un sistema jurídico proprio, a los casos de relevancia para el derecho penal. La metodología utilizada fue la de revisión bibliográfica en la doctrina y jurisprudencia especializada. En el primer capítulo, se enfocó el derecho indigenista en Brasil de una manera general, haciéndose un recorrido histórico de sus cambios en los variados periodos de la historia brasileña. En él según capítulo, lo intento fue de demonstrar que los sistemas jurídicos nacionales tuvieran como característica un tratamiento colonialista y tutelar de los pueblos originarios, además de analizarse la manera con que el sistema socioeconómico tuvo un rollo en el etnocidio de los pueblos originarios, trabajando-se, de igual manera, con conceptos de multiculturalismo. En él ultimo capitulo, se abordó más específicamente el tema de la pesquisa, desde un análisis de las modernas escuelas jurídicas que tratan jurídicamente de la cuestión indígena. Para tanto, fueran revisados algunos presupuestos del pluralismo jurídico y del neoconstitucionalismo latinoamericano, cuando experiencias de otros países en la temática de la jurisdicción indígena fueran referidas. Últimamente, se hizo el análisis del derecho brasileño, enfocándose en artículo 57 del Estatuto del Indio. Se planteó la noción de que el Brasil no tiene una jurisdicción penal propia de los indígenas, pero relega a los pueblos originarios una autonomía penal, forma especial de resolución de conflictos. Esa autonomía debe ser limitada por la jurisdicción estatal, protegiéndose, principalmente, los derechos constitucionales, como la prohibición expresa de penas degradantes y de la pena de muerte. En el final del capítulo dos casos jurídicos acerca del tema fueran analizados. |